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DECRETO
DEL 03/07/2009
VISTO:
Los hechos de público y notorio conocimiento en
relación a la propagación del virus denominado INFLUENZA
TIPO H1N1.-
CONSIDERANDO:
Que por decreto Nº 1252/2009
de la Provincia de Santa Fe se aconseja recomendar a la
población evitar su concentración en ámbitos públicos o
privados adoptando medidas preventivas en tal sentido.
Que resulta indispensable
adoptar en forma urgente las medidas de prevención y
bioseguridad necesaria para evitar la propagación del virus
de referencia.-
Que el Art. 45 inciso 3) de la
Ley Orgánica de Comunas pone dentro de la orbita de las
potestades de la administración comunal distintas
herramientas para ejercitar efectivamente el poder de
policía Comunal.-
Que tratándose de una situación
que puede afectar gravemente a la comunidad de Santa Isabel,
resulta justificable la adhesión al decreto provincial
anteriormente mencionado.-
POR
TODO ELLO:
La Comisión Comunal de Santa
Isabel, Departamento General López, Provincia de Santa Fe,
en uso de sus funciones y atribuciones que le confiere la
Ley:
DECRETA
Art.
1º)
Declárese la emergencia sanitaria en el ámbito de la
localidad de Santa Isabel con relación a las enfermedades
respiratorias y en especial al brote de gripe estacional y
gripe A por el término de 30 días a partir de la sanción del
presente decreto, evaluando el dictamen de éste en forma
semanal.
Art.
2º)
Suspéndanse todas las actividades que impliquen
aglomeraciones de público en lugares como gimnasios, cines,
teatros, cybers, videojuegos, confiterías bailables, salas
de fiestas, clubes, lugares de recreación y/o diversión,
bares y restaurantes, pudiendo estos últimos realizar ventas
por el servicio de delivery.
Art.
3º)
Ordénese a los comercios que podrán permanecer abiertos
aquellos que comercializan alimentos, farmacias y otros
productos indispensables a tomar las medidas necesarias para
evitar aglomeraciones en sus recintos tales como cupos de
acceso, controles en las puertas de entrada y salida, etc.
Art.4º)
Sugerir a la población la no concurrencia a sitios que
puedan ser propensos al contagio, como bares, comedores,
gimnasios, clubes, sala de juegos, iglesias, templos, cybers,
telecentros, maxikioscos, bancos y oficinas publicas.
Recomendar el distanciamiento social, autoaislamiento si se
presentan síntomas y correspondiente consulta médica.
Art.5º)
Establécese para todo el personal comunal que presente
síntomas gripales de cualquier tipo, previa presentación de
certificado médico, la obligatoriedad de no concurrir a su
lugar de trabajo no descontándose, en esos supuestos, la
asignación por presentismo. Sugiérese a las empresas
privadas tomar recaudos similares.
Art.6º)
Sugiérese a la población tomar sus propias medidas
preventivas restrictivas aconsejando evitar la realización
de trámites que no sean urgentes que deban formalizarse en
lugares de concurrencia masiva tales como renovación de
carnet de conductor o la celebración de reuniones
particulares así como tomar todas las medidas higiénicas
difundidas por las autoridades sanitarias.
Art.7º)
Notifíquese a la autoridad policial a los efectos de
participar en el control de las disposiciones contenidas en
el presente decreto.
Art.8º)
Comuníquese, regístrese, publíquese, y archívese.
Sancionado en la localidad de Santa Isabel, a los 3 días del
mes de Julio de 2009.
ANEXO
- Evitar hacinamiento de personas.
- Lugares que posean mesas, separadas 1.5 m. entre sí.
- Intensificar medidas de prevención personales (lavado de
manos frecuente, uso de alcohol, uso de barbijos para mozos,
cocineros, empleados de casa de comida, higiene general, uso
de toallas y servilletas descartables.
- Evitar presencia de trabajadores con síntomas de
enfermedad: resfrios, tos, fiebre, malestar en general.
- En oficinas públicas, evitar conglomerado de personas
manteniendo la distancia de 1.5 m. entre sí.
- Cybers: permitir solo el ingreso de una persona por
computadora y la no permanencia en el lugar de acompañantes;
higiene de teclados, manijas, etc.
- Mantener aireados los lugares con público.
- Evitar
reuniones de niños y jóvenes en casa de familia. |