Escudo de Santa Isabel

 

 

 

 

 

 

 





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ORDENANZA DEL 29/05/2008

ARTICULO PRIMERO: Apruébese Ordenanza de limitación en el distrito urbano Área Residencial y Área de usos mixtos, según plano adjunto.-

ARTICULO SEGUNDO: Regístrese, Comuníquese, Archívese.-

FUNDAMENTOS:

                            Que en virtud de que es función del gobierno Comunal velar por el bienestar general buscando un crecimiento de las Urbanizaciones, la misma debe sustentar normas reglamentarias que disciplinen toda actividad edilicia contemplando las necesidades a satisfacer a los habitantes del pueblo, en lo que respecta a habitar, trabajar, recrearse, cultivarse y circular, dentro de un sano organismo urbano.-

                             Todo ello redundara a favor de una más económica  y eficiente prestación de servicios públicos.-

                              Por esas razones se solicita a la Comisión Comunal se sancione una Ordenanza que delimite en el distrito urbano dos zonas según plano adjunto a saber:

 

a)     Área central residencial: comprendida por el polígono que queda delimitado por:

Calle Urquiza desde B. Mitre hasta Francia

Calle Francia (Ruta S-2) desde Urquiza hasta Neuquén

Calle Neuquén desde calle Francia hasta Eva Perón

Calle Eva Perón desde Neuquén hasta Gral. López

Calle Gral. López desde Eva Perón hasta Dr. Silvestre Begnis

Calle Silvestre Begnis desde  Gral. López hasta Avda. Santa Fe

Avda. Santa Fe desde  Dr. Silvestre Begnis a Francia

Calle Francia desde Avda. Santa Fe hasta Güemes

Calle Güemes desde Francia hasta Sarmiento

Calle Sarmiento desde Güemes hasta Misiones

Calle Misiones desde Sarmiento hasta Gral. Roca

Calle Gral. Roca desde Misiones hasta Santa  Fe

Calle Santa Fe desde Gral. Roca hasta España

Calle España desde Santa Fe hasta Belgrano

Calle Belgrano desde  España hasta Gral. Roca

Calle Gral. Roca desde Belgrano hasta José Ingenieros

Calle José Ingenieros desde Gral. Roca hasta  Italia

Calle Italia desde José Ingenieros hasta Entre Ríos

Calle Entre Ríos desde calle Italia hasta 9 de Julio

Calle 9 de Julio desde Entre Ríos hasta Chubut

Calle Chubut desde 9 de Julio hasta B. Mitre

Calle B. Mitre  desde Chubut hasta Urquiza

 

Se incluye a este el polígono que queda delimitado por:

Calle Dr. Silvestre Begnis desde Entre Ríos hasta Paraguay

Calle Paraguay desde Dr. Silvestre Begnis hasta Francisco Salemme

Calle Francisco Salemme desde Paraguay hasta Entre Ríos

Calle Entre Ríos desde Francisco Salemme hasta Dr. Silvestre Begnis

 

Esta área esta destinada a albergar la máxima densificación  expansión  residencial así como las actividades comerciales. Altura máxima de edificación: quince metros.- Sé prohíbe la construcción de todo tipo de galpones y/ o tinglados.-

 

b)     Área de  usos mixtos: esta conformada por la intersección entre el  Área Urbana y el Área Central Residencial, según plano adjunto.-

Zona destinada a la localización de vivienda, comercios y cualquier actividad siempre y cuando no provoque molestias por polvillo, olores, ruidos etc. A las  áreas residenciales próximas. Se permite la construcción de galpones y / o tinglados, pero este tipo de edificaciones deberá guardar un retiro obligatorio de cinco metros como mínimo de la línea de edificación.

 POR ELLO:

                     La Comisión Comunal de Santa Isabel, Departamento Gral. López, Provincia de Santa Fe, sanciona la presente Ordenanza mediante acta Nº 399 de fecha 29 de Mayo de 2008.-