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INICIO I ORDENANZAS I ORDENANZA DEL 29/05/08 |
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ORDENANZA DEL 29/05/2008 ARTICULO PRIMERO: Apruébese Ordenanza de limitación en el distrito urbano Área Residencial y Área de usos mixtos, según plano adjunto.- ARTICULO SEGUNDO: Regístrese, Comuníquese, Archívese.- FUNDAMENTOS: Que en virtud de que es función del gobierno Comunal velar por el bienestar general buscando un crecimiento de las Urbanizaciones, la misma debe sustentar normas reglamentarias que disciplinen toda actividad edilicia contemplando las necesidades a satisfacer a los habitantes del pueblo, en lo que respecta a habitar, trabajar, recrearse, cultivarse y circular, dentro de un sano organismo urbano.- Todo ello redundara a favor de una más económica y eficiente prestación de servicios públicos.- Por esas razones se solicita a la Comisión Comunal se sancione una Ordenanza que delimite en el distrito urbano dos zonas según plano adjunto a saber:
a) Área central residencial: comprendida por el polígono que queda delimitado por: Calle Urquiza desde B. Mitre hasta Francia Calle Francia (Ruta S-2) desde Urquiza hasta Neuquén Calle Neuquén desde calle Francia hasta Eva Perón Calle Eva Perón desde Neuquén hasta Gral. López Calle Gral. López desde Eva Perón hasta Dr. Silvestre Begnis Calle Silvestre Begnis desde Gral. López hasta Avda. Santa Fe Avda. Santa Fe desde Dr. Silvestre Begnis a Francia Calle Francia desde Avda. Santa Fe hasta Güemes Calle Güemes desde Francia hasta Sarmiento Calle Sarmiento desde Güemes hasta Misiones Calle Misiones desde Sarmiento hasta Gral. Roca Calle Gral. Roca desde Misiones hasta Santa Fe Calle Santa Fe desde Gral. Roca hasta España Calle España desde Santa Fe hasta Belgrano Calle Belgrano desde España hasta Gral. Roca Calle Gral. Roca desde Belgrano hasta José Ingenieros Calle José Ingenieros desde Gral. Roca hasta Italia Calle Italia desde José Ingenieros hasta Entre Ríos Calle Entre Ríos desde calle Italia hasta 9 de Julio Calle 9 de Julio desde Entre Ríos hasta Chubut Calle Chubut desde 9 de Julio hasta B. Mitre Calle B. Mitre desde Chubut hasta Urquiza
Se incluye a este el polígono que queda delimitado por: Calle Dr. Silvestre Begnis desde Entre Ríos hasta Paraguay Calle Paraguay desde Dr. Silvestre Begnis hasta Francisco Salemme Calle Francisco Salemme desde Paraguay hasta Entre Ríos Calle Entre Ríos desde Francisco Salemme hasta Dr. Silvestre Begnis
Esta área esta destinada a albergar la máxima densificación expansión residencial así como las actividades comerciales. Altura máxima de edificación: quince metros.- Sé prohíbe la construcción de todo tipo de galpones y/ o tinglados.-
b) Área de usos mixtos: esta conformada por la intersección entre el Área Urbana y el Área Central Residencial, según plano adjunto.- Zona destinada a la localización de vivienda, comercios y cualquier actividad siempre y cuando no provoque molestias por polvillo, olores, ruidos etc. A las áreas residenciales próximas. Se permite la construcción de galpones y / o tinglados, pero este tipo de edificaciones deberá guardar un retiro obligatorio de cinco metros como mínimo de la línea de edificación. POR ELLO: La Comisión Comunal de Santa Isabel, Departamento Gral. López, Provincia de Santa Fe, sanciona la presente Ordenanza mediante acta Nº 399 de fecha 29 de Mayo de 2008.-
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